
Ya están disponibles las becas infantiles Comunidad de Madrid. Solicítala para que puedas escolarizar a tus hijos/as de 0 a 3 años, en nuestra escuela infantil Innova Land. Las becas, tienen la finalidad de ayudar a todas esas familias que no han conseguido plaza en los centros públicos. Dichas becas están destinadas para escuelas privadas.
Plazos de presentación
El plazo de presentación de la solicitud de las becas infantiles de la comunidad de Madrid se abrirá el día 14 de junio de 2022 hasta el 11 de julio de 2022, ambos inclusive.
Requisitos de los solicitantes
- Haber nacido o estar previsto su nacimiento con anterioridad al 1 de noviembre de 2022 y tener menos de 3 años.
- También podrán los niños mayores de 3 años que deban permanecer escolarizados un año más en el primer ciclo de Educación Infantil por razón de sus necesidades educativas especiales acreditadas. Con el correspondiente informe del Equipo de Atención Temprana de la Consejería competente en materia de Educación.
- Estar matriculado o tener reserva de plaza en el primer ciclo de Educación Infantil, en el curso escolar 2022/2023, en un centro de titularidad privada autorizado por la Administración educativa para impartir dicho ciclo, siempre que no ocupe plaza sostenida con fondos públicos.
- No superen el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.
Documentación a presentar para el curso 2022 – 2023
- En primer lugar, la solicitud se ajustará al modelo oficial que figura como Anexo a la Orden de convocatoria. Deberá ser firmada obligatoriamente por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad que figuren en ella.
- Es imprescindible que indique en la solicitud un número de teléfono móvil y/o una dirección de correo electrónico.
- Si manifiesta oposición expresa a la consulta de datos será necesario aportar copia del DNI o NIE, en vigor, y consignar el número en la solicitud.
- En el caso de extranjeros que carezcan de NIE deberán aportar copia del pasaporte, en vigor, y consignar el número en la solicitud.
- Es obligatorio presentar el Libro de Familia o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. Siempre se deberá presentar copia del Libro de Familia completo o documentación oficial completa acreditativa de la situación familiar. Aunque ya se haya presentado en años anteriores.
- Si el título de familia numerosa ha sido expedido en la Comunidad de Madrid y se manifiesta oposición expresa a la consulta de datos. O si dicho título ha sido expedido en otra Comunidad Autónoma, será necesario aportarlo.
- Si la fecha prevista de nacimiento es posterior a la de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se deberá aportar certificado médico acreditativo de la fecha probable del parto.
- El Informe de Vida Laboral deberá estar expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social a partir del 1 de febrero de 2022.
Cómo y dónde puedo presentar la solicitud:
Presentación telemática
Para poder presentar la Solicitud de manera telemática, se requiere disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reconocido y admitido en la Comunidad de Madrid. Se podrá adjuntar a la solicitud telemática ficheros que contengan documentación siempre que tengan extensión .doc, ,pdf, , jpg o .tif y que el tamaño máximo del conjunto de los ficheros no supere los 15 Mb y el tamaño individual de cada fichero no supere los 4 Mb.
El plazo de presentación de la Solicitud comienza el día 14 de junio de 2022 y finaliza el día 11 de julio de 2022, ambos inclusive.
Tramitación y acceso a formularios
Presentación física
Se podrá realizar mediante cita previa en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, incluidos los de las Direcciones de Área Territorial, y resto de lugares recogidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
- Oficinas de Correos, según el reglamento que establezcan.
- Registros de la Administración General del Estado.
- Registros de otras Comunidades Autónomas.
- Registros de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única.
- Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
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